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La compra y venta de inmuebles se agiliza: los cambios en el Registro de Propiedades

6 agosto, 2026
in Política
La compra y venta de inmuebles se agiliza: los cambios en el Registro de Propiedades
El sistema registral inmobiliario argentino atraviesa una etapa de cambios con dos iniciativas en paralelo. Por un lado, una medida administrativa ya vigente en la Ciudad de Buenos Aires establece una reducción de costos y simplificaciones en los trámites del Registro de la Propiedad Inmueble porteño. Por otro, el Senado analiza una reforma de alcance nacional que propone avanzar hacia la digitalización y coordinación de los registros de todo el país.

La Disposición Administrativa N° 6/26, implementada por el Ministerio de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, forma parte de un proceso de simplificación del funcionamiento del Registro de la Propiedad Inmueble que se viene desarrollando en distintas etapas. La normativa se apoya en medidas anteriores, como el Decreto N° 902/24, que redujo las tasas registrales, y la Disposición Administrativa N° 2/25, que modificó el esquema de contribuciones previsto en la Ley N° 17.050.

Entre los principales cambios se establece que el certificado de dominio tendrá un costo determinado por la cantidad de inmuebles incluidos en la solicitud y no por la cantidad de actos jurídicos relacionados. Según la disposición, esta modificación busca facilitar la liquidación del trámite y reducir los costos asociados.

Además, se elimina el cobro correspondiente a la planilla de unidades para la inscripción de reglamentos de propiedad horizontal y sus modificaciones.

Otra de las medidas alcanza a personas que no realizan trámites habituales ante el Registro. El Índice de Titularidad, conocido como Informe N° 3, será gratuito para quienes no figuren registrados y necesiten presentarlo ante organismos públicos o entidades bancarias para acceder a determinados trámites, como solicitudes vinculadas con créditos hipotecarios. El beneficio tendrá un límite de tres informes gratuitos por año.

También se establece una reducción unificada de contribuciones para escrituras destinadas a vivienda social, sin importar el programa mediante el cual se tramite, y una contribución especial mínima para medidas cautelares cuando no exista monto determinado o valuación fiscal conocida, con el objetivo de evitar demoras y costos elevados.

En paralelo, el Senado analiza el capítulo V de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que plantea modificaciones a la Ley N° 17.801 del Registro de la Propiedad Inmueble con alcance nacional.

A diferencia de la medida aplicada en la Ciudad de Buenos Aires, esta iniciativa requiere aprobación legislativa y contempla la coordinación de los registros inmobiliarios de las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El proyecto propone habilitar la presentación de documentación registral en formato digital. Actualmente, el soporte físico funciona como modalidad principal, mientras que la reforma permitiría presentar solicitudes e instrumentos registrables de manera electrónica, siempre que cuenten con firma digital conforme al Código Civil y Comercial y la Ley N° 25.506.

La posibilidad alcanzaría documentos como escrituras públicas, resoluciones judiciales y actos administrativos, entre otros instrumentos que deben ser inscriptos.

Además, la iniciativa contempla la creación del Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble, un organismo permanente destinado a coordinar el funcionamiento de los registros de todo el país. Entre sus tareas estarán establecer criterios comunes de organización, promover una aplicación uniforme de la normativa y fijar pautas para la circulación de documentos digitales.

El proyecto también incluye la creación de la Red Federal Digital de Publicidad de Inhibiciones, una herramienta que permitiría consultar en un único sistema si una persona cuenta con inhibiciones registradas en alguna jurisdicción del país.

Otro de los puntos centrales es la creación de una Ventanilla Única Federal Inmobiliaria, un portal que permitiría solicitar, abonar y recibir informes, certificados y copias emitidas por cualquier registro inmobiliario del país, sin importar dónde esté ubicado el inmueble.

La propuesta define esta plataforma como un sistema de interoperabilidad entre los registros jurisdiccionales, con el objetivo de centralizar gestiones y agilizar procesos para escribanías, inmobiliarias y estudios jurídicos.

Mientras la disposición administrativa ya se encuentra vigente en la Ciudad de Buenos Aires, la reforma nacional todavía debe completar su tratamiento legislativo. En caso de ser aprobada, el capítulo registral establece un plazo de 180 días desde su publicación en el Boletín Oficial para comenzar a aplicarse, debido a la necesidad de adaptar y coordinar los sistemas existentes.

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