El primer tramo comenzó a regir en julio, el segundo se aplicó en agosto y el tercero entra en vigencia en septiembre. Para determinar los nuevos valores se tomaron como referencia los salarios de junio de 2026 y las sumas no remunerativas vigentes en ese momento.
Con la actualización, la categoría Maestranza A alcanza en septiembre un salario bruto de $1.303.900. La escala contempla además otras categorías, entre ellas Administrativos, Cajeros, Personal auxiliar, Auxiliar especializado y Vendedores.
La composición de los salarios incluye dos sumas fijas de carácter no remunerativo, una de $100.000 y otra de $20.000, que totalizan $120.000. Estos importes son iguales para las distintas categorías, mientras que los salarios básicos presentan diferencias de acuerdo con cada puesto.
El acuerdo también establece que esos $120.000 deberán incorporarse progresivamente a los básicos convencionales. La integración se realizará en seis cuotas de $20.000, a partir de los salarios correspondientes a diciembre de 2026 y hasta mayo de 2027 inclusive.
Las sumas no remunerativas que todavía deban incorporarse a los básicos serán liquidadas de acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera del acuerdo firmado el 26 de marzo de 2026, cuya vigencia comenzó el 1° de julio.
Además, se estableció una asignación extraordinaria por única vez de $50.000, también de carácter no remunerativo y no acumulativo. El pago fue dividido en dos cuotas de $25.000: la primera correspondió a julio y la segunda a agosto. Por ese motivo, este concepto no forma parte de la liquidación de septiembre.
Antes de la nueva actualización, Maestranza A tenía un salario básico de $1.113.585, al que se sumaban $120.000 en conceptos fijos no remunerativos, para llegar a $1.233.585. Sobre esa base se aplicó el primer aumento del 1,9%, con lo que el salario pasó a $1.257.023 en julio. Si se agregaba la primera cuota de $25.000 de la asignación extraordinaria, el monto estimado para ese mes era de $1.282.023.
La escala de septiembre permite observar el resultado final de la actualización, con el detalle correspondiente al salario básico, los incrementos y los conceptos no remunerativos para cada categoría.
Las partes acordaron volver a reunirse en octubre de 2026 para analizar la evolución de las variables económicas durante el período. El acuerdo también establece que los incrementos no resultan vinculantes para los convenios salariales que puedan celebrarse en Río Grande, Tierra del Fuego, aunque los montos resultantes constituyen el mínimo convencional vigente una vez homologados.
Durante la negociación también se planteó la necesidad de seguir monitoreando la evolución de los precios y su impacto sobre el poder adquisitivo. El objetivo expresado fue evitar que la inflación deteriore los ingresos de los trabajadores y, al mismo tiempo, contemplar las dificultades que atraviesan distintos sectores de la actividad comercial.
Desde el ámbito sindical se señaló que el entendimiento busca sostener el empleo, preservar el poder adquisitivo y aportar previsibilidad a las empresas y trabajadores en un contexto económico complejo. También se remarcó la situación particularmente difícil que atraviesan algunas pequeñas y medianas empresas y los comercios de cercanía.
















