Con el sistema de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) en funcionamiento desde el 1° de julio de 1996, el número de casos judicializados ha experimentado un nuevo ascenso. Al analizar variables como el sector de actividad o la ubicación geográfica, los índices demuestran disparidades significativas.
Por ejemplo, en 2025, la provincia de Santa Fe registró 419,4 juicios por cada 10.000 trabajadores asegurados, lo que representa un aumento del 12% en comparación con el año anterior y tres veces más que el promedio nacional, que fue de 132,8. Le siguieron Entre Ríos y Buenos Aires, con 271,8 y 270,2 litigios por cada 10.000 asegurados, respectivamente; ambos índices son los más altos desde, al menos, 2019.
Estos datos provienen de un análisis del equipo de datos que estudió información proporcionada por la Unión de ART. Se ha observado que existen diferencias significativas entre jurisdicciones en cuanto a los porcentajes de incapacidad determinados por las comisiones médicas administrativas y aquellos fijados en los peritajes judiciales. En promedio, la diferencia supera los 12 puntos porcentuales, lo que impacta considerablemente en las indemnizaciones otorgadas.
La creciente judicialización representa un desafío para el sector, afectando los costos de los empleadores, en especial los de las pequeñas y medianas empresas, con repercusiones en el empleo. Desde 2021, la cantidad de juicios ha ido en aumento, tras una caída que siguió a la implementación de la ley 27.348 en 2017 y que fue acentuada por la casi paralización de la actividad económica durante la pandemia de 2020.
En el primer cuatrimestre de este año se presentaron 39.687 nuevas demandas. De continuar esta tendencia, se proyecta un total de más de 138.000 casos en todo 2026, lo que marcaría un récord histórico para el sistema, tras los 134.141 litigios iniciados en 2025.
La mencionada ley estipuló que, en caso de desacuerdos sobre los efectos de un accidente o enfermedad, el caso debe pasar obligatoriamente por las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) antes de iniciar un juicio, con el fin de determinar la existencia de una incapacidad compensable y establecer el grado de la misma.
Asimismo, se normó que, luego de la adhesión de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la ley nacional, se conformen cuerpos médicos forenses en cada jurisdicción. Estos profesionales, cuyos honorarios no deben estar vinculados a los resultados de las pericias, se encargan de definir los posibles porcentajes de incapacidad durante el proceso de litigio. Adicionalmente, la norma mejoró los montos que deben abonar las ART, un cambio que debilitó uno de los motivos de las demandas.
La presidenta de la UART, Mara Bettiol, indicó que 18 jurisdicciones adhirieron a la ley de 2017, pero hasta la fecha, ninguna ha implementado el cuerpo médico forense conforme a lo establecido. Las provincias que no han aprobado su adhesión son La Rioja, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, La Pampa y Santa Cruz.
Por parte de la SRT, se ha avanzado en la firma de convenios con Santa Fe, San Luis y Jujuy para abordar esta problemática. Santa Fe ha sido la provincia que ha realizado más avances, al designar de inicial tres profesionales, cifra que luego se amplió a nueve.
Además, según las autoridades del área, existen “conversaciones avanzadas” con la Ciudad de Buenos Aires y provincias como Buenos Aires, Córdoba, donde el Tribunal Superior de Justicia dispuso la creación de un Servicio de Peritos Médicos Oficiales para el fuero laboral, Neuquén, Entre Ríos, Misiones y Corrientes.
En Mendoza, las pericias siguen siendo realizadas por médicos de una lista cuyos honorarios no dependen del pleito, y además hay un Cuerpo Interdisciplinario Oficial que, a requerimiento del juez, supervisa y asiste técnicamente respecto a los peritajes. Según un informe de la UART, en un 90% de los casos revisados, se corrigió a la baja el dictamen de incapacidad.
Tanto las ART como la SRT sostienen que son fundamentales dos aspectos: el cumplimiento del baremo vigente para asegurar la uniformidad en la evaluación de incapacidades en todo el país, y que los ingresos de los peritos no estén relacionados con el grado de incapacidad que ellos determinan.
El baremo, que traduce las secuelas de un accidente o enfermedad laboral en un porcentaje de incapacidad, ha sido actualizado por un decreto en 2025. En comparación con el anterior, el nuevo reduce la discrecionalidad y se centra en limitaciones físicas, en contraste con los síntomas que expresan las personas.
Las demandas suelen fundamentarse en que las comisiones médicas administrativas desestiman un daño indemnizable tras haber recibido tratamiento de ART, aunque en realidad sí existiría tal consecuencia. En otros casos, cuando se reconoce una incapacidad mayor a 0%, se argumenta que el porcentaje debería ser aún mayor.
Este año ha sido objeto de judicialización el decreto 549/25, que establece el nuevo baremo, debido a numerosos reclamos que buscan que las reglas allí establecidas se apliquen a eventos ocurridos antes de su vigencia.
Un aspecto contradictorio que han señalado analistas es que, mientras aumentan los juicios, el número de accidentes disminuye. “Si comprobamos que la siniestralidad está en descenso y los litigios aumentan, la clave se encuentra en las pericias efectuadas”, manifestó Fernando Pérez, gerente general de la SRT, en un foro sobre la actividad del seguro.
Desde 2008, la siniestralidad en la industria ha caído un 70% en 15 años, mientras que la litigiosidad ha crecido, con excepción de un periodo posterior a la aprobación de la ley de 2017, indicó Diego Coatz, director ejecutivo de I+D (Industria y Desarrollo). Para él, no solo es crucial la creación de cuerpos médicos forenses y la desvinculación de honorarios de los resultados periciales, sino que también es fundamental concretar el traspaso del fuero laboral de la jurisdicción nacional al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, un proceso actualmente detenido por una medida cautelar.
Las estadísticas de la SRT confirman la divergencia entre los índices de accidentes y juicios. En 2003, con una tasa de litigiosidad de 6,4 por cada 10.000 asegurados, se denunciaron 61 siniestros por 1.000 asegurados y se registraron 94,3 muertes laborales por millón. En 2025, tras años de descenso, la cifra fue de 32,5 accidentes por 1.000 y 31,7 fallecimientos por millón.
Otro indicador oficial señala que en 2025, hubo 175 juicios cada 1.000 siniestros, en comparación con 141 en 2015 y 100 en 2020.
Según datos analizados por la UART, de un total de 155.131 pericias realizadas entre 2022 y 2025, el porcentaje promedio de incapacidad determinado por las comisiones médicas de la SRT fue de 1,3%. En esos mismos casos, el porcentaje promedio se elevó a 13,7% en los peritajes judiciales y culminó en 13,1% en las sentencias.
Los índices de discapacidad en las sentencias son variados, con promedios que van del 6,7% en Santa Fe al 21,9% en San Luis, esta última provincia presentando en 2025 la mayor cantidad de juicios, con 300 cada 10.000 asegurados.
La ciudad y la provincia de Buenos Aires superaron levemente el promedio, con porcentajes de incapacidad definidos en sentencias de 15,1% y 14,3%, respectivamente, mientras que en comisiones médicas el promedio se fijó en 1,1% en ambos casos.
Entre las actividades, la minería se destaca con el mayor porcentaje de incapacidad en sentencias, alcanzando un 15,4%, frente al 16,2% determinado por pericias judiciales y 1,4% por las comisiones de la SRT.
Si se examinan casos de una misma patología, un informe del Ieral de la Fundación Mediterránea muestra que en casos de lumbalgia donde las comisiones médicas indicaron 0% de incapacidad, los porcentajes fijados en la Justicia oscilaron entre 9% y 19% en la ciudad de Buenos Aires, entre 7% y 16% en la provincia de Buenos Aires, y entre 4% y 7% en Santa Fe.
Adicionalmente, registros de la UART indican que en 2024, el 88% de los casos llevados a juicio -en algunos casos, el 100%- habían sido considerados sin secuelas indemnizables por la SRT.
Un estudio de economistas del centro de investigaciones Idesa concluye que los datos presentados previos indican que los peritos médicos adoptan criterios subjetivos al evaluar el daño laboral. Esto ocasiona que trabajadores en situaciones similares obtengan compensaciones diferentes o no las reciban.
De acuerdo con un análisis de la Superintendencia, esta desigualdad se ve agravada por la variabilidad en la actualización de montos establecidos en sentencias. Aunque existe una norma específica para el cálculo de reajuste, el criterio utilizado sigue siendo objeto de debate en cada caso.
Un informe de Idesa especifica que “hay jueces que actualizan utilizando índices salariales, otros tasas de interés y algunos aplican estos indicadores más algún adicional”, además de que muchas demandas se presentan fuera de tiempo, aunque son aceptadas por la Justicia.
La actual administración clasifica como “sobrecosto” del sistema los montos que las ART deben pagar a causa de las diferencias entre la incapacidad determinada por la Superintendencia y la establecida por los jueces, considerando también los honorarios de los abogados. Esto lleva a una cifra proyectada de US$2140 millones para 2025.
Las autoridades mencionan que existen “casos especulativos”. Según la ley 27.348, se ha eliminado la judicialización de siniestros sin denuncia previa a la ART, dado que ahora se requiere la actuación de comisiones médicas como paso previo a cualquier demanda. Sin embargo, ha aumentado la cantidad de presentaciones que cuestionan la determinación de 0% de incapacidad.
Idesa advierte que los montos de los juicios contra las ART representan “el 1% de la masa salarial”, un tercio de la alícuota promedio que abonan los empleadores. La UART considera que el precio promedio hoy es algo más del 3% de los salarios, pero dado los juicios existentes y la desproporción en las tasas de actualización de las sentencias, debería fijarse en un 5,15%, lo que implicaría un aumento del 69%. Estas diferencias despiertan alertas sobre la sostenibilidad del sistema.
Según Coatz, la situación de los juicios impone un gran sobrecosto para los empleadores, afectando especialmente a las pequeñas y medianas empresas. En línea con el análisis realizado por Idesa, las ART sostienen que la alícuota podría ser de 2,19% si la judicialidad fuera marginal, similar a la de Chile o España, países que presentan niveles de siniestralidad semejantes a los de Argentina. Un informe de las ART indica que, si la litigiosidad en el país fuera comparable a la de España, en 2025 se habrían presentado 8234 reclamos, en vez de los 134.141 reportados, y si fuera como en Chile, habrían sido 5663 los nuevos casos.
La atención se centra en las pericias debido a que, en provincias donde, a pesar de no cumplir estrictamente con la ley, se revisaron los casos con sistemas ajenos a los peritos externos que tienen honorarios anclados a la incapacidad determinada, la litigiosidad es notablemente menor.
Por ejemplo, en Salta se inician 4,9 demandas por cada 10.000 asegurados, mientras que en Jujuy ese índice es de 178,6; en Corrientes se sitúa en 18,5, en Entre Ríos en 87, y en Río Negro se encuentra en 30,1, mientras que en Chubut llega a 235,8. Las diferencias entre las provincias que integran estos














