El nuevo esquema también modifica la composición del salario básico. A partir de octubre se incorporará el 50% de la suma extraordinaria no remunerativa otorgada en agosto. El porcentaje restante será incorporado en noviembre.
La actualización alcanza a las distintas categorías contempladas dentro del régimen de casas particulares. Entre ellas se encuentran el personal destinado a tareas generales, quienes realizan asistencia y cuidado de personas, los caseros, el personal para tareas específicas y los supervisores.
En el caso del personal para tareas generales, las actividades comprenden labores como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento de la vivienda y preparación de alimentos. Los valores correspondientes a esta categoría también tendrán el incremento del 1,7% desde octubre.
Además del aumento porcentual, la incorporación progresiva de la suma fija extraordinaria modificará el salario básico que deberán percibir las trabajadoras durante los próximos meses.
La normativa también establece las condiciones para el pago de los salarios. Como regla general, la remuneración debe abonarse mediante depósito en una cuenta sueldo. La trabajadora puede solicitar expresamente cobrar en efectivo, en cuyo caso el pago deberá realizarse durante días hábiles, en el lugar de trabajo y dentro del horario laboral.
Para el personal mensualizado, el salario debe abonarse dentro del cuarto día hábil posterior a la finalización de cada mes. En el caso de quienes cobran por hora o por jornada, el pago puede efectuarse al finalizar cada día de trabajo o de manera semanal, según lo acordado entre las partes.
De esta manera, desde octubre comenzará a regir el nuevo cuadro salarial con el incremento del 1,7% y la incorporación parcial de la suma extraordinaria al salario básico.
















