El aumento de los salarios básicos será del 1,7% respecto de los montos vigentes en septiembre. A esa actualización se sumará la incorporación al salario básico del 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto, cuyo valor había variado entre $8.000 y $20.000 según la cantidad de horas trabajadas semanalmente.
De esta manera, la nueva escala estará conformada por la actualización porcentual y por la incorporación de parte del adicional que había sido abonado de manera no remunerativa. Los valores mínimos dependerán de las tareas realizadas y de si el trabajador presta servicios con o sin retiro.
La normativa contempla cinco categorías laborales. Cuando una misma persona realiza tareas que podrían corresponder a más de una categoría, deberá ser encuadrada en aquella que corresponda a la actividad principal que desarrolla de manera habitual.
También se establecen reglas específicas para el pago de los salarios. La modalidad prevista es la acreditación del sueldo en una cuenta bancaria a nombre del trabajador. Si el empleado solicita cobrar en efectivo, el empleador podrá utilizar esa modalidad, siempre que el pago se realice durante días hábiles, en el lugar de trabajo y dentro del horario en que se prestan los servicios.
Los plazos dependen de la forma de contratación. Para quienes tienen una remuneración mensual, el pago debe efectuarse dentro del cuarto día hábil posterior a la finalización de cada mes. En el caso del personal que cobra por día o por hora, corresponde abonar la remuneración al finalizar cada jornada o con una periodicidad semanal, de acuerdo con lo pactado.
La escala también contempla recargos cuando se realizan horas extraordinarias. Las horas extra efectuadas durante días comunes deben pagarse con un adicional del 50% sobre la remuneración habitual. El recargo asciende al 100% cuando se trabajan horas adicionales los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.
Los porcentajes se calculan sobre la remuneración que corresponde normalmente a la categoría y modalidad de contratación del trabajador.
Además del salario básico, determinados trabajadores pueden acceder a adicionales específicos. Entre ellos se encuentra el correspondiente a zona desfavorable, que representa el 31% de la remuneración informada por el empleador. Este concepto alcanza a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.
A esto se suma el adicional por antigüedad, equivalente al 1% por cada año de servicio cumplido con el mismo empleador. El cálculo considera exclusivamente los años transcurridos dentro de esa relación laboral y se incorpora al salario correspondiente a la categoría y modalidad de trabajo, junto con los demás conceptos que pudieran corresponder.
















