El Decreto 482/2026 actualiza la reglamentación vigente desde 1993 y concentra la reforma en el funcionamiento administrativo del régimen. El objetivo es reducir trámites y requerimientos que generan costos tanto para el Estado como para las empresas, particularmente en una actividad que demanda grandes inversiones y requiere horizontes de planificación de largo plazo.
La simplificación de procedimientos no implica eliminar controles, sino modificar la forma en que se realizan. El nuevo esquema incorpora herramientas como declaraciones juradas, interoperabilidad entre sistemas, cruces de información y controles posteriores, en reemplazo de parte de las verificaciones y requerimientos previos.
Uno de los ejemplos se encuentra en el tratamiento de las importaciones. La reforma reduce la intervención previa y concentra la fiscalización en la comprobación del uso efectivo de los bienes importados.
El cambio apunta así a orientar la capacidad de control del Estado hacia aquellas tareas que requieren análisis técnico y evaluación, en lugar de concentrarla en procesos administrativos y verificaciones formales.
La digitalización acompaña esta transformación, aunque el objetivo no se limita a incorporar herramientas tecnológicas. La reforma contempla la revisión de los procedimientos para determinar qué información resulta necesaria, quién debe generarla, qué organismo debe validarla, cuáles son los controles relevantes y qué pasos pueden eliminarse.
Las resoluciones publicadas el 19 de agosto avanzan en la implementación de estos cambios dentro del funcionamiento cotidiano del régimen.
La Resolución 68/2026 actualiza el esquema del Registro de Inversiones Mineras, reemplaza el anexo establecido por la Resolución 30/2018 y establece el nuevo Registro de Inversiones Mineras (RIM). También incorpora mejoras en la identificación de los proyectos y regula su vinculación con los Vehículos de Proyecto Único del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
A su vez, la Resolución 66/2026 modifica la intervención de la Secretaría de Minería en las solicitudes de devolución del IVA contempladas en el artículo 14 bis. El procedimiento queda alineado con el Sistema Integral de Recupero (SIR), con mecanismos de gestión e información adaptados a la administración digital.
En conjunto, las modificaciones buscan reducir duplicaciones, mejorar la trazabilidad de los trámites, ordenar la información disponible y reforzar los controles a partir del uso de datos.
Para el sector minero argentino, el funcionamiento del régimen también tiene impacto sobre la competitividad. Además de factores como la disponibilidad de recursos, la infraestructura, las condiciones fiscales y la estabilidad macroeconómica, las inversiones dependen del funcionamiento de las instituciones. En ese sentido, el tiempo requerido para obtener una decisión, la claridad de los criterios y la previsibilidad de los procedimientos forman parte de las condiciones que determinan el desarrollo de un proyecto de inversión.
















