“Nosotros vamos a apelar”, indicaron fuentes del Gobierno. Desde la Casa Rosada, subrayan que el nuevo director de la IGJ es Alejandro Ramírez y enfatizan que la decisión judicial pone en jaque el esquema de supervisión que el organismo estaba intentando implementar sobre la AFA, en el marco de un esfuerzo administrativo más amplio enfocado en las entidades asociadas al fútbol argentino.
La Cámara Civil declaró nula la Resolución Particular 140/26 de la IGJ, firmada el 18 de febrero de 2026, que había rechazado la inscripción de la modificación estatutaria relacionada con el cambio de domicilio y la cancelación de la matrícula de la AFA en la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, invalidó la Resolución 128/2026 del Ministerio de Justicia, dictada el 16 de marzo, que había establecido una intervención informativa en calidad de veeduría por un período de 180 días hábiles.
El núcleo del fallo se centra en la cuestión de competencia. Los jueces Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset argumentaron que, una vez que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de Buenos Aires autorizó el cambio de jurisdicción y dio su conformidad al traslado a Pilar, la legalidad y las facultades de supervisión sobre la AFA pasaron a depender de la provincia. De acuerdo con esta interpretación, la IGJ ya no tenía la capacidad de inspeccionar el nuevo domicilio ni de revisar lo decidido por el organismo provincial.
Este fallo también desencadenó nuevas tensiones internas en el área de Justicia. En la dependencia liderada por Juan Bautista Mahiques, con Alejandro Ramírez al frente de la IGJ, sostienen que la Cámara expuso un resquicio de la gestión anterior, señalando que el organismo nacional tuvo conocimiento de la decisión de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas que validó el traslado y no impugnó adecuadamente tal acto. Este análisis direcciona críticas hacia la gestión previa de Santiago Caputo, quien se encargaba del Ministerio de Justicia.
No obstante, el expediente revela matices. Si bien Vítolo se opuso al avance de la AFA, intentando impedir la asamblea de octubre de 2024 que aprobó el cambio de jurisdicción, y rechazando en febrero de 2026 la inscripción de la reforma estatutaria, el fallo actual establece que, una vez emitido el acto administrativo bonaerense que aceptó la radicación en la Provincia, la IGJ no podía revisar dicha decisión ni ordenar inspecciones sobre un domicilio que ya se encontraba bajo el control del organismo provincial. Con esta conclusión, la nueva administración prevé apelar el fallo.
El fallo destaca que la normativa de la IGJ requería, para el tratamiento del cambio de jurisdicción, una resolución del organismo competente en la nueva jurisdicción que validara el traslado. Según la Cámara, esta documentación fue presentada a través de la resolución de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Por lo tanto, los jueces concluyeron que si ese organismo había aceptado el domicilio indicado, la IGJ no podía ordenar una inspección sobre el mismo como si mantuviera competencia territorial.
La sentencia también criticó el proceder administrativo de la IGJ. Los jueces argumentaron que el organismo nacional se había colocado “por encima” de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, a la cual le atribuyeron capacidades equivalentes de control dentro de su jurisdicción. En ese sentido, consideraron que la IGJ ejerció funciones revisoras o fiscalizadoras sobre un organismo equivalente, excediendo su ámbito de competencia.
Otro aspecto clave del fallo es la diferenciación entre domicilio social y sede. La Cámara indicó que, una vez aprobada e inscripta la modificación estatutaria en relación con el domicilio legal, la competencia territorial correspondía al organismo provincial. Además, señalaron que las incertidumbres sobre la ubicación efectiva de la sede o el funcionamiento real del inmueble en Pilar no sobresalían sobre el acto administrativo bonaerense que autorizó la mudanza.
El tribunal también objetó que la IGJ sustentara parte de su decisión en informaciones públicas que insinuaban irregularidades en la nueva sede. Para la Cámara, tales referencias no podían desvirtuar la presunción de validez del acto del organismo provincial. Se destacó que, de haberse escuchado a la AFA en esa instancia, podría haberse presentado el contrato de comodato firmado con la Municipalidad de Pilar para el uso del inmueble en Mercedes 1366.
La decisión desactiva la veeduría dispuesta por el Ministerio de Justicia, que había sido implementada por Juan Bautista Mahiques, sobre la base de un informe de la IGJ, con el propósito de revisar la documentación societaria, contable y financiera de la AFA. La Cámara determinó que, al caerse la resolución anterior de la IGJ por falta de competencia, también quedaba sin fundamento la resolución ministerial que había asignado a los veedores.
Desde el Gobierno señalan que la apelación tiene como objetivo defender las facultades de control estatal sobre la entidad, aunque reconocen que el fallo plantea un debate central en torno a la jurisdicción. La Casa Rosada busca evitar que el cambio de domicilio de la AFA impida la revisión de balances, documentación contable y decisiones institucionales que habían estado bajo el monitoreo de la IGJ y del Ministerio de Justicia.
La sentencia aclara que su decisión no implica desconocer las investigaciones judiciales actualmente en curso en otros tribunales. Este punto es significativo, ya que la situación de la AFA y sus dirigentes se encuentra vinculada a causas penales y económicas que avanzan por vías independientes. La Cámara limitó su análisis a la competencia administrativa de la IGJ y del Ministerio de Justicia para intervenir sobre una entidad que, según su interpretación, ya estaba bajo control provincial.
La resolución se produce tras una serie de movimientos gubernamentales en torno al fútbol argentino. La IGJ había llevado adelante requerimientos, veedurías e intimaciones relacionadas con la AFA y la Superliga, en medio de investigaciones sobre balances, transferencias, contratos y relaciones económicas. En el caso de la Superliga, el organismo también había apercibido a la entidad y la había instado a presentar documentación, aunque dicho expediente siguió un curso administrativo y judicial separado.
En la Casa Rosada consideran el fallo como un revés tanto político como jurídico para el esquema de control establecido desde el Ministerio de Justicia. La decisión fortalece la postura de la AFA al trasladar el debate al ámbito jurisdiccional y mantener sus balances fuera de la supervisión de la IGJ. Sin embargo, en el Gobierno anticipan que no darán por cerrada la discusión y que la apelación será el siguiente paso para intentar sostener la competencia nacional sobre acciones ya iniciadas.
















