La implementación formal está prevista para noviembre. Los salarios devengados durante ese mes comenzarán a ser derivados desde diciembre a las cuentas que cada empresa elija para constituir su FAL.
Una de las cuestiones que ya quedó definida es el tipo de inversiones que podrán realizarse con esos recursos. El menú será acotado y no incluirá acciones de empresas ni bonos denominados en dólares. Entre las alternativas habilitadas estarán los títulos públicos nacionales y provinciales, las obligaciones negociables de empresas y los depósitos a plazo.
Para reducir el nivel de riesgo, los instrumentos seleccionados deberán cumplir determinadas exigencias de calificación crediticia. En el caso de los bonos provinciales y las obligaciones negociables, se requerirá una calificación mínima de triple A otorgada por al menos dos de las tres principales agencias internacionales de riesgo.
Las condiciones establecidas reducen considerablemente el universo de alternativas disponibles. Según un relevamiento citado en el análisis, actualmente ninguna provincia y solo ocho empresas alcanzarían los requisitos establecidos.
Entre las compañías identificadas aparecen los bancos Macro, BBVA, Galicia y Santander; las empresas energéticas YPF, Pampa Energía y PAE; y la firma agropecuaria Adecoagro.
El volumen potencial del nuevo sistema también es significativo. Una estimación calcula que el FAL podría movilizar hasta US$2.000 millones una vez que comience a recibir los aportes correspondientes a las empresas alcanzadas por la reforma.
La normativa también fija límites para determinadas inversiones. Hasta un 15% de los fondos podrá destinarse a depósitos bancarios y otro 15% a bonos provinciales. Las obligaciones negociables corporativas podrán representar hasta el 20% y los instrumentos vinculados con el tipo de cambio, como los bonos duales, tendrán un límite del 10%.
En cambio, no se establece un tope para los títulos del Tesoro nacional. Esto significa que, bajo las condiciones previstas, un FAL podría concentrar la totalidad de sus recursos en deuda pública nacional si esa fuera la decisión adoptada para su administración.
El esquema genera además un efecto sobre las cuentas públicas. La reducción de la alícuota destinada al sistema previsional implica una menor cantidad de recursos para ese sistema, mientras que una parte de los fondos podría regresar al sector público mediante la compra de títulos del Tesoro.
La implementación del FAL también abrió una competencia entre bancos y sociedades de bolsa por captar las cuentas de las empresas. En el caso de las pymes, se prevé una mayor participación de fondos comunes de inversión ofrecidos por entidades bancarias, que podrían incorporar la administración del fondo como un servicio adicional.
Para las compañías de mayor tamaño, en cambio, las sociedades de bolsa esperan una competencia más fuerte y una demanda de servicios personalizados vinculados con el mercado de capitales. Este segmento representaría alrededor del 30% del mercado.
La reglamentación correspondiente al FAL se encuentra actualmente en consulta pública hasta el 7 de septiembre, período durante el cual podrán presentarse comentarios y sugerencias sobre las disposiciones previstas.
Con el cronograma establecido, los salarios devengados en noviembre comenzarán a ingresar a los fondos desde diciembre. Los recursos deberán permanecer allí durante un período mínimo de seis meses antes de poder utilizarse para el pago de indemnizaciones.
















