Las provincias imponen cuotas que oscilan entre el 50% y el 90% en cuanto a compra y empleo local, mientras que el RIGI solo requiere un plan que incluya un mínimo del 20% de adquisiciones nacionales. Ante compromisos de inversión que superan los 50.000 millones de dólares en recursos como cobre, oro y litio hacia 2035, la distribución de estos recursos se convierte en un tema esencial de discusión.
Un ejemplo notable es el de Santa Cruz, donde el año pasado se aprobó de manera unánime la Ley 90/10, que establece que el 90% de la mano de obra en sectores estratégicos debe ser de residentes provinciales con al menos seis años de antigüedad para ser considerados “locales”. Para los proveedores, se exige que el 50% del monto total anual provenga de la provincia; además, el gobierno de Claudio Vidal implementó el Registro Único de Proveedores de Actividades Económicas (RUPAE) para garantizar el cumplimiento. Sin embargo, la situación es paradójica, ya que las normativas más severas se aplican a proyectos que están cerca de concluir su ciclo de vida, lo que no incentiva la llegada de nuevas iniciativas.
Por su parte, Mendoza no cuenta con una legislación de compra local. El gobernador Alfredo Cornejo argumenta que las cuotas de empleo o proveedores crean “fronteras artificiales” que son inconstitucionales. Actualmente, Mendoza no tiene minas metalíferas en operación, y su proyecto más relevante, San Jorge, es de menor tamaño comparado con los grandes proyectos cupríferos de otras provincias. La fortaleza de Mendoza radica en su red de pymes metalmecánicas que surgieron a lo largo de los años en torno a la industria petrolera; sin embargo, esta capacidad podría desviarse hacia San Juan si no se desarrollan proyectos propios.
En el norte, las provincias que conforman el “triángulo del litio” exigen un 70% de compra local. Salta, mediante la Ley 8.164 de 2019, establece que los proveedores deben estar registrados a nivel provincial y requiere porcentajes de empleados locales que varían entre el 40% y el 70%, dependiendo de la fase del proyecto. Jujuy también implementó un registro obligatorio y porcentajes específicos, a través del “Registro Provincial de Proveedores Locales de Productores Mineros” creado por el decreto 290/24, que asegura que los proveedores locales tengan un domicilio real en la provincia y establece porcentajes progresivos de empleo.
Catamarca ha sido pionera en este ámbito, con la Resolución 498/2014 que instituyó el Re.P.E.M., un registro obligatorio de proveedores, y requiere que al menos el 70% de los bienes y servicios provengan de proveedores provinciales, además de un 70% de empleados con residencia local y al menos dos años de permanencia en la provincia.
Recientemente, San Juan se unió a este marco regulatorio, con el gobernador Marcelo Orrego presentando la “Ley de Desarrollo Local Minero”, que reemplaza a una anterior que, según se reconoce en la provincia, no tuvo aplicación efectiva. Esta nueva regulación establece que el 80% de los trabajadores deben ser residentes de San Juan y que el 60% de las compras anuales se deben destinar a proveedores locales. Aunque no establece cuotas obligatorias contrarias a la libre competencia, sí obliga a la elaboración de planes bienales que deben ser informados públicamente.
Este proyecto nació a raíz de una situación urgente: la adjudicación de la ampliación del campamento Batidero del proyecto Vicuña, que consiste en una obra de 2.000 camas y 200 millones de dólares, adjudicada a un consorcio integrado por la empresa china PowerChina junto a Beijing Chengdong y la firma santafesina RAFA S.A., lo que generó críticas contundentes por parte de los proveedores locales y cámaras empresariales.
Frente a este escenario normativo, el RIGI presenta requisitos menos estrictos, ya que estipula que cada proyecto debe contar con un Plan de Desarrollo de Proveedores Locales que contemple al menos un 20% de contratación nacional. Este porcentaje es a nivel nacional, no provincial. Las empresas mineras no ocultan que ven esta diferencia como una oportunidad, argumentando que no siempre tienen acceso a proveedores adecuados en todas las provincias, que las pymes locales a menudo no cumplen con los estándares internacionales exigidos, y que es complicado encontrar trabajadores capacitados. Su petición al ámbito político es clara: alcanzar un acuerdo entre gobernadores para estandarizar y flexibilizar los criterios.
La noción de “armonización” fue destacada a finales de mayo durante una jornada del Congreso Nacional titulado “La competitividad de la cadena de valor minera argentina”, donde se reunieron cámaras empresariales, proveedores y funcionarios de diversas provincias. En esa ocasión, se solicitó la necesidad de “armonizar las normativas de compra local con el marco del RIGI”, ya que la fragmentación normativa resulta contraproducente y eleva los costos de los proyectos. Sin embargo, la propuesta de armonización no consiste únicamente en reducir requisitos, sino en crear condiciones que permitan a los proveedores argentinos competir efectivamente ante la creciente demanda. Sobre esta línea, la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN) sostiene que, al ser parte integral del sector minero, deberían contar con un régimen similar al del RIGI
















